X Edición SIDES

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Foto de grupo universitarios Seminarios SIDES


Entre septiembre y diciembre de 2024 tuvo lugar la décima edición del Seminario Interdisciplinar de Derecho y Ética Social (SIDES) con una quincena de estudiantes de 2º del Grado de Derecho, interesados en profundizar más en las bases filosóficas e históricas del Derecho, así como en explorar de un modo más directo –de la mano de algunos juristas en ejercicio– las distintas salidas profesionales.

Tras cada una de las charlas, los alumnos asistentes se fueron turnando para realizar un resumen del contenido de la sesión en cuestión, además de aportar una valoración personal. A continuación se muestran los textos escritos por los participantes de esta edición del SIDES.

A continuación se muestra la referencia de los temas tratados en las distintas sesiones del SIDES.

Lunes, 23 de septiembre

¿Es posible vivir hoy en libertad?

Aniceto Masferrer
Catedrático de Historia del Derecho (UV)

Resumen de la sesión, por Luis Núñez Valor

En esta primera sesión, hemos tratado la cuestión de si es posible vivir hoy en libertad bajo el prisma del libro del Profesor Masferrer Cómo vivir en libertad siendo uno mismo. Él mismo ha comenzado dando un riguroso repaso al contenido del libro, destacando la importancia del proyecto personal, la lucha contra la pereza y la cobardía, y la búsqueda de la felicidad. La realización personal en el tiempo ha completado el recorrido que el Profesor ha hecho de la obra, siendo este punto fundamental en tanto que la concepción del tiempo en el momento actual dificulta que las personas dejen de ser, tal y como se dice en el libro, sujetos carentes de una auténtica biografía.

Tras la breve intervención del Profesor Masferrer, se ha abierto un coloquio donde cada uno hemos podido expresar opiniones, anécdotas, dudas y argumentaciones alrededor del tema propuesto y la obra comentada. Numerosas preguntas vagaban por el salón, comenzando por todo lo relativo al proyecto personal: ¿se trata de una decisión compacta o debe dividirse en propuestas a corto o medio plazo? ¿Y qué ocurre si no sé cuál es mi proyecto personal? También ha sido esencial la conversación sobre la libertad, su relación con la belleza y su sinonimia conla fortaleza. La búsqueda de la libertades una lucha constante, y esto debe potenciarse, aunque muchas veces sea más sencillo vivir en la ignorancia.

Además, se ha debatido sobre el pensamiento crítico como antídoto contra los problemas de la sociedad actual, y sobre el amor como una motivación auténticamente humana que debería traccionar nuestras vidas. En síntesis, pese a los plurales razonamientos expuestos, era posición común en la sala que saber tomar decisiones críticamente, con independencia de influencias externas, es esencial para conquistar latan deseada libertad

Lunes, 30 de septiembre

La abogacía como profesión

José Marí Olano Abogado del Estado

Resumen de la sesión, por Luis Núñez Valor

El ponente de esta sesión, José Marí Olano, ha sido Abogado del Estado y además
como se define él mismo, abogado de toga.

Para empezar, ha explicado su trayectoria tanto como parte de la administración
pública como en el sector privado. A raíz de esa experiencia nos ha dado tres claves para ser buenos juristas: leer, hablar bien (trabajar la oratoria) y aprovechar los años de universidad.


A continuación, ha hecho un esquema por los diferentes tipos de despachos que nos podemos encontrar para poder orientarnos y sobre todo para decidir qué tipo de abogado queremos ser. Empezando por los grandes despachos internacionales como Winkels, siguiendo por los grandes despachos nacionales como Garrigues o 4 Casas, seguidamente ha hablado de las Big Four donde ha especificado que es más un trabajo de gestionar y no tanto litigar y acabando en el sector de la abogacía tradicional de despacho propio.


A su vez, ha hablado de su experiencia en las oposiciones diferenciando entre oposiciones que requieren un esfuerzo superior como son las de Abogado del Estado o Fiscal. Además, ha hablado de ellas como una gran salida ya que son muy igualitarias y ofrecen una gran estabilidad en el largo plazo.


Por último, ha recalcado aquello que como estudiantes podemos hacer, y se puede resumir en dos cosas: tener un gran expediente académico y los idiomas (preferiblemente el inglés y con un nivel suficiente para poder expresarse libremente).

Lunes, 7 de octubre

Sobre las leyes de identidad de género en España

Vicente Bellver
Universidad de Valencia

Resumen de la sesión, por Paula García

En esta tercera sesión hemos abordado junto con el profesor Vicente Bellver un debate “Sobre las leyes de identidad de género en España”. La sesión ha comenzado con una presentación del mismo, quien ha expuesto su dedicación como presidente del Comité de Bioética de la Comunidad Valenciana, habiendo sido también miembro del Comité del Consejo de Europa.

Como bien ha explicado, en el Comité se tratan cuestiones tanto clásicas, como puede ser el aborto, así como también cuestiones más novedosas en la sociedad, como la gestación subrogada. El profesor además ha apuntado como el poder político se vuelve reacio a este tipo de órganos independientes puesto que los informes que emite el Comité quedan fuera de su alcance.


Durante la sesión, el profesor ha querido ofrecer un punto de vista concreto sobre una de las cuestiones más importantes actualmente sobre las que trabaja el Comité de Bioética. Esta es la cuestión sobre la creación de Unidades multidisciplinares de ayuda a las personas trans, aprobada en 2017 en la Comunidad Valenciana y posteriormente derogada en 2022.


Se ha hablado acerca de los problemas de transición que ha provocado la disolución de las Unidades de apoyo, y de cómo, tras el informe elaborado por el Comité tras las propuestas a favor de las Unidades, el gobierno no ha hecho nada. En relación con esto, el profesor ha hablado sobre la diferencia entre la ideología queer y la realidad histórica, y como la primera desprecia una realidad e intenta imponer una visión de las cosas que no representa a la mayoría (siendo el género un espectro), mientras que la segunda es un mínimo en el que únicamente existen mujeres y hombres.

Tras la intervención del profesor Bellver, se ha abierto un coloquio en el que las preguntas han ido dirigidas hacia cómo es regulada la transición en menores de edad y en la limitación de la intervención de los tutores, así como la incertidumbre en temas como el deporte en la diversidad de género, y cuestiones como la falta de recursos o la polarización en este tema tan controvertido.


La charla ha terminado con una conclusión acerca del marco liberal que se debería de alcanzar, ya que existe un espacio entre la ideología clásica y la queer en el que se puede adoptar el sentido común sin discriminación de género, pero es muy difícil que las cosmovisiones puedan coexistir pacíficamente. Una visión siempre va a ser hegemónica sobre las demás.

Lunes, 7 de octubre

La cultura de la cancelación

Juan Alfredo Obarrio
Universidad de Valencia

Resumen de la sesión, por Anna Vivó Andreu

En la cuarta sesión de esta edición del seminario, bajo la ponencia del profesor Juan Alfredo Obarrio, hemos tratado cómo nuestra sociedad se ve censurada cada vez más. Desde el principio, ha ido tratando este asunto poniendo ejemplos cotidianos o experiencias personales que hiciesen que nos sintiéramos más cercanos a sus explicaciones e ideas.

A través de ello, hemos ido viendo cómo, poco a poco, vamos haciendo tabú palabras, actitudes o críticas que en tiempos pasados no lo eran, y que hacen que acabemos vendiendo o enseñando una realidad paralela. Además, apunta cómo nos hemos convertido en una sociedad que se ajusta a lo políticamente correcto, y en cómo se intenta tumbar a la opinión y al espíritu crítico contrarios si no está dentro de estos términos.

A continuación, se ha iniciado un debate entre los estudiantes. La opinión mayoritaria ha sido la condena a esa censura ya que sin una variedad de opiniones no hay democracia ni libertad. Además, también se ha hablado de cómo cualquier comentario o crítica hoy en día se convierte en un ataque personal, en vez de tratar de entender la opinión contraria, pues se sale de ese modo, otra vez, de lo políticamente correcto, imponiéndose así el dogma de lo verdadero y cierto. Por otro lado, del mismo modo que se apoyan las opiniones disidentes, también las ha habido, como, por ejemplo, que no siempre recae la censura sobre el mismo colectivo (tal y como se había defendido) o como, mediante referencias a los clásicos, un cambio en aspectos superficiales está siendo más censurable y comentado que un cambio en su trama, que es lo verdaderamente relevante.

Para finalizar, el ponente ha llegado a la conclusión, bajo su propia visión, de que no sabe cómo va a acabar todo este asunto, aunque es cierto que el camino que se está tomando no es el adecuado. Así, una de las soluciones que se han expuesto para ello es que siempre tenemos que mantener un espíritu crítico, y que la cuestión no es censurar, sino educar.

Lunes, 21 de octubre

La profesión de notario

Simeón Ribelles
Notario (Valencia)

Resumen de la sesión, por Noa Tomie Fuster Komiyama

Un notario es un funcionario público, puesto al cual se accede mediante una oposición (a la que cada vez menos personas se presentan, ya sea por falta de ambición, por preferir otras salidas o porque se considera una de las oposiciones más difíciles), posteriormente la persona que haya aprobado tiene que enfrentarse a un concurso de notaría al que se le asignará un local para empezar la profesión. El examen se concentra principalmente en el Derecho civil (sucesiones, propiedad, etc), mercantil (compra- venta) y notarial/registral.

Su profesión se basa principalmente en la autorización de documento, es decir redactar un documento que cumpla los deseos del cliente a la vez que resuelve los posibles conflictos entre las partes (saber actuar de forma rápida y precisa), mientras comprueba que el procedimiento y la posterior solución siguen y cumplen la ley.

Los notarios además poseen un conocimiento interregional (entre las diferentes comunidades autónomas) e internacional privado. El procedimiento más común es el caso de las sucesiones (herencias por ejemplo) y aparte también el más completo ya que cubre gran parte de los conocimientos del notario. Algunos notarios también optan por tener una iniciativa privada empresarial, empezar su propia notaría compuesta por otros notarios o juristas (oficiales) que pueden estar o no especializados en diferentes áreas de competencia judicial.

En la charla de hoy hemos aprendido no solo como se llega a la posición de notario y su principal trabajo sino que también hemos escuchado un par de anécdotas, hemos realizado un tour por una notaría y finalmente también hemos recibido consejos que seguramente llevaremos a nuestra vida profesional.

Lunes, 11 de noviembre

Baby boom. Feminismo
en clave de comedia

Encarnación Fernández
Catedrática de Filosofía del Derecho y Filosofía Política (UV)

Resumen de la sesión, por Claudia Grau Tena


En esta sesión nos hemos basado en la película Baby Boom (Charles Shyer, 1987) y en el artículo Baby boom: feminismo en clave de comedia, escrito por la profesora Encarnación Fernández, para tratar diversos temas como las dificultades de conciliar la maternidad y paternidad con la vida laboral, la importancia de las tareas de cuidado en nuestra sociedad o la asignación de estas tareas a las mujeres, entre otros.

La película está ambientada en los EEUU de los años 80 y trata sobre una mujer con un cargo de relevancia en un importante bufete de abogados que se ve relegada de su puesto a otro inferior por adoptar a la hija de unos familiares fallecidos. Los retos que entraña esta inesperada maternidad no son compatibles, a ojos de sus superiores, con las exigencias de su puesto. Esta decide dejar su trabajo y a la pareja con la que convive, quien no quiere a la niña, y mudarse a Vermont. Allí monta un negocio desde cero que acaba siendo una empresa millonaria y encuentra una pareja que acepta su faceta de mujer trabajadora.

El tema principal, que no el único, que extraemos es el reto que supone ser una madre trabajadora y las dificultades impuestas por la sociedad para ello. Pese a ser una obra de los 80 vemos que este es un tópico que no nos resulta lejano, sino que sigue presente en la sociedad actual. Para empezar, hemos planteado una cuestión, que a mí misma me surgió cuando vi la película: tanto la protagonista como sus superiores del trabajo, ¿habrían actuado de la misma manera si en lugar de una mujer fuera un hombre? Mi respuesta es que no.

A raíz de este tema presentamos la elección que muchas mujeres deben hacer entre su carrera profesional o la maternidad, una disyuntiva que en los hombres la mayoría de las veces ni se plantea. Por otro lado, cabe destacar la diferencia que vemos entre un hombre que se dedica plenamente a su trabajo y deja de lado las labores de cuidado de su familia, que en la mayoría de los casos se ve como algo normal, y una mujer que hace lo mismo. En el caso de la mujer, esto está peor visto socialmente llegando incluso a demonizarla y tratarla de fría y egoísta por elegir su éxito profesional antes que cuidar de su familia. Todo esto, como hemos comentado, es cuestión de estereotipos.

La ponente ha destacado la importancia de los trabajos de cuidado de los sectores más vulnerables de nuestra sociedad. Afirma, en concordancia con la clase, que esta no es una tarea exclusiva de las mujeres, pero sí que les ha sido históricamente encomendada y ha estado rodeada del estereotipo femenino. Las mujeres y los hombres, inconscientemente y por nuestra cultura social, son criados de manera diferente, y es a ella a quien se la educa para ser la que asuma las tareas de cuidado. Es decir, se le transmiten una serie de valores que hacen que se sienta más llamada que el hombre a realizar este deber, por lo que no sería una diferencia biológica sino social y cultural.

La ponente ha querido resaltar que sentir este deber de cuidar a los demás no es algo negativo o que debamos eliminar. El problema viene cuando este sentimiento únicamente se inculca a una parte de la sociedad, en este caso las mujeres, y más aún, cuando asumir el cuidado de otros supone un perjuicio para la esfera laboral. Intrínsecamente relacionado con esto, está el conocido techo de cristal, que dificulta a las mujeres acceder a altos cargos laborales.

Son innumerables los ejemplos de mujeres que se han visto perjudicadas por ser madres o tener que asumir el cuidado de un familiar enfermo (por ejemplo, la protagonista de la película mencionada), en cambio, no son tantos los ejemplos de hombres que se ven perjudicados por el mismo motivo.

Introducido el tema principal de la ponencia, ha salido otro relacionado y de gran interés. Las prestaciones por maternidad y otras análogas por cuidados de familiares suponen un perjuicio para la producción y por tanto para la economía. Nos planteamos entonces, como bien presenta la ponente en su artículo: ¿debemos priorizar la producción, y por lo tanto la economía, sobre la reproducción?

En el contexto de la película vemos que claramente se prioriza la producción, una mujer que es madre no puede ser igual de productiva que una que no lo es o un hombre, por lo que queda relegada del puesto de trabajo. Esta elección es propia de sistemas capitalistas como es el de EEUU, en el que los derechos sociales y el colchón social para los sectores desfavorecidos o vulnerables brillan por su ausencia.

No obstante, los obstáculos para la reproducción pueden traducirse, y vemos que efectivamente ya se están traduciendo, en una baja natalidad. Esto da lugar al fenómeno de la pirámide demográfica invertida, que ya se está viendo en nuestro país, en el que hay más gente cobrando pensiones que población activa. Este sistema es insostenible a largo plazo, por ello es necesario que se promuevan medidas que fomenten la natalidad, porque acabará afectando a la economía de todas maneras.

Por lo tanto, llegamos a la conclusión de que deberíamos construir un sistema en el que ambos valores – producción y reproducción – estén equilibrados y no se penalice o desvalore una tarea tan importante como es la reproducción o el cuidado de las personas más vulnerables. Esto es posible, por ejemplo, implantando en las empresas medidas de conciliación como crear guarderías dentro de las empresas.

Para equiparar ambos valores se debe dar una profunda transformación social, no tanto de los modelos económicos, sino de la mentalidad y valores de todo el conjunto de la ciudadanía. Esto quiere decir, que cuando un empresario vaya a crear su empresa o un político a promover una nueva medida, lo hagan teniendo en cuenta cómo repercute a las tareas de reproducción y cuidado, tan importantes en nuestro sistema y en todos.

Consiguiendo que esta carga se repartiera por igual, estaríamos más cerca de conseguir, no solo la igualdad formal, sino también la igualdad real entre hombres y mujeres.

Lunes, 18 de noviembre

¿Es constitucional restringir
la pornografía en Internet?

Aniceto Masferrer
Catedrático de Historia del Derecho,
Universidad de Valencia

Resumen de la sesión, por Daniel Rodríguez Vila

El pasado lunes tuvimos el placer de abordar un tema de la más absoluta actualidad de la mano del profesor de Derecho Administrativo Juan María Martínez Otero: La pornografía y su incidencia en el menor.

El primer paso fue analizar los intereses constitucionales que, por un lado, sostienen la producción, emisión y comercialización de la pornografía; y por el otro, los intereses constitucionales que abogarían por una abolición de esta.

Vimos cómo la industria pornográfica se ve respaldada por principios constitucionales como la libertad (valor superior del ordenamiento consagrado en el artículo 1), el derecho fundamental a la producción y creación artística (artículo 20.1.b entiéndase artística la pornografía), el derecho fundamental a la libertad ideológica sin más limitación en sus manifestaciones que el mantenimiento del orden público (artículo 16.1) o el derecho al trabajo o la libertad de empresa (artículos 35 y 38 respectivamente).

Sin embargo, la emisión de este contenido es contrario a otros preceptos constitucionales como pueden ser la Igualdad (si se entiende que este contenido es escenario inequívoco de desigualdad y violencia contra la mujer), orden y moral pública o protección e interés superior del menor.

Los diferentes preceptos constitucionales que, por un lado, respaldan, y por el otro, “prohíben” o limitan la pornografía abren la puerta a un intenso debate sobre si se dan los supuestos abolicionistas o sobre la prevalencia de un interés sobre otro. Este fue precisamente el tema del coloquio que mantuvimos durante una hora gracias a la excelente cercanía y moderación de Juan María Martínez Otero.

Uno de los primeros puntos que suscitaron discusión fue la legitimidad del Estado para inmiscuirse en la esfera de la libertad personal del individuo. Valorando si el acceso sin límites y el consumo extendidísimo entre la población daban lugar a una proyección/relevancia exterior, superando la esfera del ámbito privado, y legitimando así la intervención del Estado.

Otro de los aspectos conflictivos y debatidos fue la posible correlación entre la visualización de contenido pornográfico en el que se representan escenas violentas contra la mujer o se representan escenarios en el que la mujer no da el consentimiento o este se muestra de forma muy laxa o pasiva y el aumento de los casos de violencia contra la mujer. ¿Es posible que el consumo de este contenido asiente en el entendimiento de los jóvenes actitudes machistas o incluso más allá, incite a la violación?

En lo que a los menores respecta, hubo unanimidad en la imperiosa necesidad de bloquear el acceso de los menores a este contenido crudo y explícito por los nocivos efectos a nivel social e incluso de salud que comporta, sin embargo, fuimos conscientes tras diferentes apuntes del ponente, del impresionante reto legislativo que involucra una limitación de este calibre.

Por último, uno de los temas tratados nació tras la unanimidad en la creencia de que el porno no era, desde luego, el elemento didáctico ideal para la educación sexual, discutiendo entonces sobre en quién debería recaer esta y con cuanta profundidad (colegios, familias, médicos, etc.)

En definitiva, esta sesión fue de lo más enriquecedora por el dinamismo (pese a la virtualidad de la sesión) de las intervenciones, por la cercanía y simpatía del ponente y por la relevancia del tema tratado.

Lunes, 25 de noviembre

Psicopolítica y tecnopoder

Pedro Talavera
Filosofía del Derecho, Universidad de Valencia

Resumen de la sesión, por Izán Arconada

El profesor Pedro Talavera, docente de Filosofía del Derecho en la Universidad de Valencia, inició su ponencia preguntando si habíamos comprendido el fragmento de la obra Psicopolítica: Neoliberalismo y otras formas de poder del autor Byung-Chul Han, que nos había enviado previamente.

A partir de esta pregunta, comenzó a describir y explicar el concepto de psicopolítica, el cual, según Han, se basa en la ausencia de represión directa y en la promoción de un máximo nivel de libertad. Esto persuade a los individuos de que pueden lograr cualquier cosa, ejemplificado en el lema “Yes, we can”. Bajo esta premisa, las personas no necesitan ser obligadas ni explotadas directamente, pues internalizan estas dinámicas y buscan alcanzar lo que perciben como su máximo potencial.

A continuación, el profesor desarrolló el concepto desde una perspectiva filosófica, relacionándolo con diversos autores afines a esta línea de pensamiento. Asimismo, expuso cómo este fenómeno se conecta con la actualidad, particularmente con las redes sociales y otras herramientas tecnológicas que ejercen influencia en las personas.

Posteriormente, abordó cómo las sociedades y los individuos luchan por el ejercicio y la posesión del poder, relacionando este análisis con el pensamiento de Nietzsche, considerado un autor clave en este ámbito. También exploró diferentes formas de poder, entre ellas la sexualización, que se utiliza como un medio para ejercer influencia.

Como contrapunto, destacó la figura de Jesucristo y el cristianismo como una excepción en la que el comportamiento humano no se encuentra condicionado por la lógica del poder, sino que se organiza en torno al servicio.

Otro aspecto importante fue el análisis del poder del reconocimiento. Este tipo de poder, según explicó, busca que los individuos sean identificados y reconocidos por los demás, lo que se interpreta como una forma más pura de influencia. En este contexto, vinculó la psicopolítica con las técnicas de persuasión, señalando cómo las tecnologías actuales, combinadas con estrategias publicitarias, son utilizadas para lograr ese reconocimiento y la satisfacción personal que conlleva.

Finalmente, el profesor reflexionó sobre cómo, en la actualidad, las tecnologías y las redes sociales influyen profundamente en nuestra percepción de la realidad. Argumentó que esta percepción está mediada y distorsionada, ya que nuestras acciones no se basan en reflexiones autónomas, sino en los estímulos recibidos a través de estos medios.

La sesión concluyó con una ronda de intervenciones. Aunque fueron limitadas debido al tiempo y a la extensión de las respuestas, las participaciones resultaron claras y enriquecedoras. En mi caso personal, esta charla me permitió reflexionar profundamente sobre cómo percibo y enfrento la realidad actual. La influencia de las tecnologías y el modo en que afectan nuestro comportamiento y el de la sociedad en general me llevaron a cuestionarme aspectos que no había considerado hasta ahora este tema tan controvertido.

Lunes, 2 de diciembre

La maternidad subrogada

Ana-Paz Garibo Peyró
Filosofía del Derecho, Universidad de Valencia

Resumen de la sesión, por Inés Romero Romero

La novena sesión del Seminario Interdisciplinar de Derecho y Ética Social ha tratado sobre la maternidad subrogada, especialmente en relación a la posible vulneración del interés superior del menor en los supuestos en los que se emplea esta técnica de reproducción asistida.

La Profesora de Filosofía del Derecho de la Universidad de Valencia, Ana- Paz Garibo Peyro ha abordado esta interesante cuestión exponiendo, en primer lugar en qué consiste la maternidad subrogada, destacando la gran pluralidad terminológica que se cierne alrededor de este concepto (“maternidad subrogada”, “gestación subrogada”, “gestación por sustitución”, etc.). La maternidad subrogada es la técnica de reproducción asistida consistente en la gestación convenida mediante un contrato en el que se establece que la “madre gestante”, tras el nacimiento, entregará al niño a los “padres comitentes”, renunciando a su filiación. Se trata de una técnica de reproducción asistida que ha experimentado un considerable incremento en las últimas décadas y que plantea numerosos problemas al no existir una regulación internacional acerca de la misma.

El primer caso de maternidad subrogada fue documentado en el año 1976. En un principio, la imagen que se tenía sobre esta práctica era muy diferente a la que se tiene en la actualidad. Inicialmente se percibía como un acto de solidaridad llevado a cabo por la madre gestante de forma altruista y caritativa en favor de la pareja que no podía tener hijos. Es posible que en sus orígenes esta fuese la realidad de esta práctica, sin embargo, esta idea de la maternidad subrogada no tardó en cambiar al convertirse esta en una “práctica mercantil”, apareciendo el concepto de “vientre de alquiler”. La sociedad no tardó en concebir esta forma de reproducción asistida como “una nueva forma de esclavitud de la mujer”, además de vulneradora del interés de los menores habidos a través de este método.

Una vez expuesto el concepto de maternidad subrogada, se ha pasado a realizar un análisis de la misma abordándola desde distintos criterios que han permitido profundizar mucho más en esta materia.

En función de la finalidad con la que actúa la madre gestante, diferenciamos los supuestos en los que esta práctica es altruista (no media ningún precio), de aquellos (la mayoría) en los que sí que media un precio (práctica lucrativa); según las condiciones de entrega del bebé establecidas en contrato se puede pactar que será entregado en todo caso o que, una vez nacido, decidirá la madre gestante; en cuanto a la genética del bebé se presenta un amplio abanico de posibilidades (que la madre gestante sea la madre biológica, que la madre comitente sea la madre biológica, que se implante a la madre gestante el óvulo procedente una donación…); de acuerdo al “tipo de padres legales” que tendrá el hijo nacido por maternidad subrogada, puede tratarse de parejas heterosexuales u homosexuales o únicamente un padre o madre; según el motivo por el que los padres comitentes acuden a este método de reproducción asistida puede hablarse de supuestos de incapacidad médica, de imposibilidad biológica, razones de carácter social o profesional..; y según la localización geográfica de la madre gestante y de los padres comitentes, puede ocurrir que sean del mismo país o, por el contrario, que pertenezcan a países distintos, lo cual genera una gran problemática a nivel legal al estar implicado más de un país y no existir una regulación a nivel internacional.

Se han expuesto distintos casos conflictivos de maternidad subrogada, como el caso “Baby M”, el caso “Baby Gammy” o la problemática surgida en 2018 ante la imposibilidad de treinta familias españolas para volver de Ucrania con sus hijos nacidos por maternidad subrogada ante la negativa de la obtención de la nacionalidad.

Se ha abogado por la prohibición de la maternidad subrogada a nivel internacional en base a numerosos argumentos. Se ha planteado la imposibilidad de equilibrar los intereses de la madre gestante y del hijo, la ruptura de la unión emocional y afectiva entre ambos, la mercantilización de la filiación del hijo y la alteración de la identidad genética del mismo.

Con respecto a la madre gestante, la realidad es que la mayoría de mujeres que participan en esta práctica, ofreciéndose, a cambio de un precio, a gestar el bebé que tras el nacimiento será entregado a los padres comitentes, pertenecen a estratos sociales muy humildes y forman parte de este contrato por necesidad. Se plantea también la problemática de determinar la retribución justa que debe recibir la madre gestante.

El ordenamiento jurídico español establece que la maternidad está determinada por el nacimiento. La maternidad subrogada se encuentra recogida en el art. 10 de la Ley de 14/2006, de 26 de mayo, sobre técnicas de reproducción humana asistida, que determina:

1. Será nulo de pleno derecho el contrato por el que se convenga la gestación, con o sin precio, a cargo de una mujer que renuncia a la filiación materna a favor del contratante o de un tercero.

2. La filiación de los hijos nacidos por gestación de sustitución será determinada por el parto.

3. Queda a salvo la posible acción de reclamación de la paternidad respecto del padre biológico, conforme a las reglas generales.

Al estar prohibida en España, quienes quieren realizar esta práctica de reproducción asistida se desplazan a otros países en los que sí está permitida (dando lugar al denominado “turismo reproductivo”), lo que provoca numerosos problemas jurídicos al tratar de inscribir en el Registro Civil la filiación derivada del contrato de maternidad subrogada concertado y ejecutado con arreglo a una legislación extranjera. Esta problemática ha dado lugar a numerosas sentencias dictadas en distintas instancias y pronunciamientos por parte de la Dirección General de Registros y Notariado.

El Tribunal Supremo ha dictado, en relación a esta cuestión, dos sentencias, una en 2014 y otra en 2021, en las que determina que la inscripción de la filiación de los hijos nacidos por maternidad subrogada a favor de los padres comitentes, es contraria al orden público español.

No puede alegarse a favor de esta inscripción el interés superior del menor debido a que se trata de un principio que hay que tener siempre en cuenta, pero no tiene que prevalecer siempre sobre otros intereses con los que puede entrar en conflicto. El Tribunal Supremo expone que el interés jurídico del menor debe ponderarse con el respeto a la dignidad y la integridad moral de la mujer gestante, con la no explotación de la situación de necesidad en la que se encuentran muchas de las mujeres que participan en esta práctica y con la no mercantilización de la gestación y de la filiación.

El TEDH también se pronunció sobre esta cuestión en dos sentencias del año 2014 que afectaban a Francia, en las que, en base al art. 8 CEDH determinó la obligatoriedad de la inscripción de los hijos fruto de la gestación subrogada en los registros civiles de los países de los padres comitentes.

El Tribunal Supremo, sin embargo, mantiene su doctrina debido a que en el caso de España sí existe regulación de la filiación en el art. 10 LTRHA, mientras que esto no ocurre en el caso de Francia, por lo que, al no contemplar el ordenamiento jurídico francés esta cuestión, debió intervenir el TEDH.

Se ha hecho especial referencia también al informe emitido en el año 2020 por el Comité de Bioética español, en el que expone que existen sólidas razones para rechazar la práctica de la maternidad subrogada: entraña explotación para la mujer gestante, implica daños para los intereses del menor y las propuestas regulatorias son claramente deficientes en la tutela de los derechos de ambos.

Una vez analizadas todas las cuestiones que entraña la gestación subrogada, la problemática que plantea y su deficiente regulación, los estudiantes han expuesto sus posturas acerca de este interesante tema, generando, no un debate, debido a que todas las opiniones han seguido la misma línea contraria a la gestación subrogada, pero sí un interesante coloquio en el que se han comentado las cuestiones expuestas por la Profesora Ana-Paz Garibo.

Algunas de las cuestiones comentadas en relación al tema de la sesión, han sido la instrumentalización y denigración de la mujer gestante al ser tratada como medio y no como fin, la innegable mercantilización del hijo nacido a través de esta técnica, y la vulneración de sus intereses y derechos y la imposibilidad de equilibrar los derechos e intereses de la madre gestante y el hijo.

Se han comentado también las evidentes diferencias entre la maternidad subrogada internacional y la adopción internacional, y se ha planteado esta segunda opción como una alternativa mucho más ética.

Finalmente, se ha planteado, en relación al futuro de la legislación nacional e internacional en materia de maternidad subrogada que, previsiblemente, no experimentará relevantes cambios, pese a la innegable necesidad de los mismos.

Sin duda esta sesión ha reflejado a la perfección la esencia del Seminario Interdisciplinar de Derecho y Ética Social al abordar de forma tan completa una cuestión de actualidad que plantea importantísimos desafíos a nivel jurídico y ético.

Lunes, 9 de diciembre

Las motivaciones del trabajo como condición para el crecimiento personal y profesional

Aniceto Masferrer
Catedrático de Historia del Derecho,
Universidad de Valencia

Resumen de la sesión, por Nicolás Andrade Duarte

En esta sesión de SIDES, el profesor Aniceto Masferrer nos invitó a reflexionar sobre las enseñanzas del profesor Manuel Guillén en su obra “Ética en las organizaciones”, estableciendo puentes ético-conceptuales entre autores clásicos y contemporáneos como Aristóteles, Santo Tomás, Maslow, Viktor Frankl, Herzberg y, sobre todo, nuestras propias experiencias y reflexiones. Aniceto Masferrer, en su presentación, planteó algunas cuestiones que a continuación fueron objeto de discusión en el coloquio posterior:

1. ¿Puede la motivación depender solo en la satisfacción de bienes útiles? Reflexionamos sobre si es suficiente motivarnos únicamente por lo práctico o funcional. La satisfacción de necesidades materiales es importante, pero ¿qué pasa cuando queremos algo más profundo? La verdadera motivación parece ir más allá de lo útil y toca dimensiones como el propósito, el crecimiento personal y el impacto en los demás.

2. ¿Se puede ser feliz con un trabajo donde la motivación depende de los ingresos? Discutimos si el dinero puede ser el único motor para encontrar satisfacción en el trabajo. Aunque una buena remuneración es necesaria, basar toda nuestra felicidad en los ingresos puede dejarnos vacíos a largo plazo. La realización profesional suele necesitar algo más: sentido, desarrollo y reconocimiento de nuestro esfuerzo.

3. ¿Depende de nosotros ser felices con el trabajo que tenemos? Abordamos la idea de si nuestra actitud puede transformar la experiencia laboral. ¿Podemos encontrar satisfacción incluso en trabajos difíciles o poco ideales? La felicidad en el trabajo puede depender, en gran parte, de nuestra perspectiva, de cómo encontramos propósito y de cómo alineamos lo que hacemos con lo que valoramos. Pudimos establecer dos visiones diferentes del trabajo y sus puntos de choque:

La postura utilitarista entiende que la motivación y felicidad derivan principalmente de la utilidad y los beneficios tangibles, reduciendo a las personas a vehículos cuya función es servir a intereses propios.

La postura humanista sostiene que la verdadera motivación surge cuando encontramos un propósito más allá de lo material, conectando nuestro trabajo con valores personales y trascendentes. Esta perspectiva logra superar las dinámicas de poder, poniendo el amor a las personas a través del servicio como lo verdaderamente real y valioso.

Quedó claro que el trabajo profesional es más que ingresos o una obligación: con un propósito auténtico, permite no solo ser más felices, sino también crear un impacto positivo en el mundo que nos rodea. La clave está en recordar que, más allá de lo útil, lo verdaderamente real es el valor que aportamos a la vida de los demás.

Lunes, 18 de diciembre

La profesión de Juez

Pedro Castellano
Presidente de la Sección 4ª de la Audiencia Provincial de Valencia

Resumen de la sesión, por Anna Vivó Andreu

Nos recibió afablemente el ponente D. Pedro Castellano, magistrado y presidente de la Sección 4ª de la Audiencia Provincial de Valencia, y nos expuso la disposición de la sala 4ª en la que estábamos, sus asientos, el método de declaración mediante un biombo y el método de declaración para los menores en salas independientes de la del juzgado. Comenzamos a hablar de la oposición para juez, fiscal, etc., compuesto de un examen tipo test y dos exámenes orales.

A estas oposiciones, por el abundante temario, se les suele denominar de alto nivel. Las asignaturas de la oposición que gran parte se da en la carrera se deben empezar a estudiar ya con más perspectiva y con especial atención y así para la oposición será más cómo y sencillo. Hay que estudiar con la capacidad de poder recitarlo o “cantarlo”, no sólo para saber responder a la pregunta.

Luego nos habló del oficio de juez en materia penal, ámbito del Derecho regulador de las cuestiones que conllevan las consecuencias mayores o más graves, mientras que el civil regula la vida cotidiana y así con muchas materias de derecho.

Para jueces y fiscales la materia principal es todo el derecho en general, es decir, tocan todas las materias para saber resolver los casos. Aunque luego se vaya a ejercer la abogacía, el ponente expresa que deberíamos estudiar la oposición para juez dos o tres años ya que ese ejercicio te da un dominio del derecho que es necesario. Y el máster de la abogacía se centra más en la práctica mientras que la oposición nos ayudará a profundizar en las materias.

Tras explicar la actividad ordinaria de todo juez, tuvimos con coloquio en el que cada participante pudo plantear las cuestiones que quiso. Fue una bonita y enriquecedora sesión.

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